Muchas personas con incapacidad permanente total ven cómo su salud empeora con los años, y no saben que pueden pedir que se revise su grado.
Los grados de incapacidad permanente
- Parcial: reduce tu rendimiento en tu profesión, pero puedes seguir haciéndola.
- Total: no puedes hacer tu profesión habitual, pero sí otra distinta. Pensión del 55 % de la base reguladora, que puede subir un 20 % más a partir de los 55 años en algunos casos.
- Absoluta: no puedes hacer ningún trabajo. Pensión del 100 %.
- Gran incapacidad: además, necesitas ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria. Se añade un complemento a la pensión.
Lo explicamos con más detalle en incapacidad permanente: grados, cuantías y qué hacer si te la deniegan.
¿Puedo pedir la revisión?
Sí. Es la revisión por agravación (artículo 200 de la Ley General de la Seguridad Social). Pero hay que tener en cuenta el plazo.
El plazo que pone tu resolución
La resolución que te reconoció la incapacidad indica a partir de qué fecha se puede pedir la revisión. El Tribunal Supremo (sentencia de 6 de febrero de 2024) ha confirmado que ese plazo hay que respetarlo.
Hay excepciones en las que se puede pedir en cualquier momento:
- si estás trabajando, por cuenta ajena o propia;
- si hubo un error de diagnóstico en la valoración inicial.
¿Hasta cuándo?
La revisión solo puede pedirse hasta que cumplas la edad ordinaria de jubilación.
¿Cómo se pide?
- Reunir informes médicos actuales que demuestren el empeoramiento: especialistas, pruebas e informes de evolución.
- Presentar la solicitud de revisión ante el INSS. No hace falta que lo hagas tú: podemos presentarla nosotros en tu nombre.
- En Cataluña, el ICAM (Institut Català d'Avaluacions Mèdiques) te citará y emitirá un dictamen, y el INSS resolverá.
- Si el INSS lo deniega, hay 30 días hábiles para presentar la reclamación previa y, después, demanda ante la Sección Social del Tribunal de Instancia.
Cuidado: la revisión puede salir al revés
Si consideran que has mejorado, pueden rebajarte el grado o incluso quitarte la incapacidad. Por eso conviene valorar bien los informes antes de pedirla.
En resumen
Si has empeorado, puedes pedir un grado superior, pero respetando el plazo de tu resolución (salvo excepciones) y con buenos informes médicos. Una solicitud mal preparada puede acabar en denegación, o incluso en una rebaja de grado.
Cómo te ayudamos
Nosotros nos encargamos de todo. Revisamos tu resolución para comprobar si ya puedes pedir la revisión. Valoramos tus informes médicos para ver si el empeoramiento está bien acreditado. Y, si conviene, presentamos la solicitud ante el INSS por ti y te acompañamos en todo el proceso. Atendemos en Santpedor, Manresa y todo el Bages.
Revisamos tu resolución y tus informes, y presentamos la solicitud ante el INSS por ti.
Pedir citaEste artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.
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