Desde el 5 de octubre de 2026 está en vigor el Real Decreto 723/2026, que obliga a las empresas a informar por escrito a cada persona trabajadora de sus condiciones de trabajo. Y si tu contrato es anterior a esa fecha, también tienes derecho a pedir esa información.

Qué tiene que darte tu empresa por escrito

  • Tu salario desglosado: salario base, complementos y cómo se calcula la parte variable.
  • Tu jornada, su distribución, el horario y el régimen de horas extraordinarias.
  • La duración y las condiciones del periodo de prueba.
  • Tu grupo profesional y una descripción de tus funciones.
  • El convenio colectivo que se te aplica.
  • Tus vacaciones y tu derecho a formación.
  • El plan de igualdad y el protocolo frente al acoso, si la empresa los tiene.
  • Si la empresa usa algoritmos o sistemas automáticos para tomar decisiones sobre tu jornada, tu salario o tu despido, y con qué criterios.

Cuándo tienen que dártela

  • Contratos nuevos: antes de empezar a trabajar. Hasta ahora la empresa tenía hasta dos meses.
  • Cambios en tus condiciones: por escrito, antes de que se apliquen o, como tarde, el mismo día.
  • La obligación se aplica a las relaciones laborales de más de cuatro semanas.

Si ya trabajabas antes del 5 de octubre

Tu empresa no está obligada a rehacer tu contrato. Pero si no tienes esta información por escrito, puedes pedirla, y la empresa tiene 30 días hábiles desde que recibe tu solicitud para dártela. Si ya te la dieron por escrito, por ejemplo en tu contrato, no tienen que volver a hacerlo.

Por qué te conviene pedirla

Es la foto completa de tus condiciones. Con ella puedes comprobar si tu categoría, tu salario, tus horas y tus complementos coinciden con lo que cobras cada mes y con lo que dice tu convenio. Y si lo que la empresa pone por escrito no coincide con lo que aplica, ese documento puede servirte como prueba.

Cómo pedirla

Siempre por escrito y guardando una prueba de la entrega: una copia firmada por la empresa, un correo electrónico o un burofax. Te hemos preparado un modelo de carta gratuito que solo tienes que rellenar.

Si tienes una empresa

No entregar esta información es una infracción leve, con multas de 70 a 750 euros. Conviene revisar ya los contratos tipo y preparar cómo responderás cuando un trabajador la pida. Te ayudamos a adaptar tus contratos al Real Decreto 723/2026.

Cómo te ayudamos

Cuando tu empresa te conteste, envíanos su respuesta y tu última nómina. Te decimos si tus condiciones cuadran con lo que cobras y con tu convenio y, si hay algo que reclamar, cómo hacerlo.

Modelo de carta gratuito

Descárgalo, rellena tus datos y entrégalo a tu empresa. Incluye instrucciones paso a paso.

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Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.

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